HOSPITALIZACION

Reglamento para pacientes hospitalizados

 

El Reglamento tiene como finalidad normar la conducta de los pacientes desde su ingreso al Hospital hasta su egreso, así como las de sus familiares y visitantes, a fin de que estén informados de todo lo relacionado con los servicios que presta el Instituto, con el propósito de proteger su seguridad y brindarles la mejor atención.

                                                  DEL INGRESO DE LOS PACIENTES A HOSPITALIZACIÓN

  1. Los pacientes pueden ingresar al área de hospitalización de forma programada (ELECTIVA) a través del Servicio de Trabajo social, mediante una solicitud del médico tratante (PARA CIRUGÍA, TRATAMIENTO O ESTUDIOS PROGRAMADOS).
  2. En el caso de pacientes que ingresen al área de hospitalización a través del Servicio de URGENCIAS (guardias), o CONSULTA EXTERNA, les será comunicado su internamiento, tanto a ellos como a sus familiares, por el médico del servicio y deberán acudir al Departamento de Trabajo Social para su ingreso.
  3. Para ingresar al área de hospitalización y/o para cualquier procedimiento el paciente DEBERÁ ACUDIR SIEMPRE ACOMPAÑADO POR UN FAMILIAR O PERSONA DESIGNADA COMO RESPONSABLE el día de su cita, con su tarjeta de Citas.
  4. El personal de trabajo social, verificará que se cuente con toda la documentación necesaria incluyendo la Carta de Consentimiento Informado General de la institución y en su caso con el Consentimiento Informado del procedimiento específico debidamente llenado y firmado por el Médico Tratante.
  5. Durante la emergencia sanitaria, SE SOLICITARÁ EL RESULTADO NEGATIVO DE PRUEBA (PCR o ANTÍGENOS) PARA COVID-19 para realizar procedimientos invasivos (p.ej. cirugías, endoscopias) o recibir tratamientos que requieran retirar cubre bocas (p.ej. radioterapia en región de cabeza y cuello) para disminuir la posibilidad de complicaciones a los pacientes y reducir el riesgo de contagio para el personal.

                                           

                                             RECOMENDACIONES A LOS PACIENTES PARA SU INGRESO

  1. Presentarse bañado, con las uñas cortas, sin esmalte, sin cosméticos ni grasa en el pelo.
  2. Ingresar llevando únicamente artículos de uso personal (cepillo de dientes, pasta dental, peine, cepillo para el pelo, jabón, champú, pañuelos desechables, sandalias.)
  3. No traer objetos de valor, efectivo ni alhajas.
  4. Durante su internamiento el paciente deberá usar la ropa que le proporcione el Hospital (bata para paciente), así como la dieta que se le prescriba por el médico y el departamento de Nutrición Clínica. NO ESTÁ PERMITIDO EL USO DE ROPA NI EL CONSUMO DE ALIMENTOS O BEBIDAS NO PROPORCIONADOS POR EL HOSPITAL.
  5. Para preservar la tranquilidad en beneficio propio y del resto de los pacientes, SE EVITARÁ EL USO DE APARATOS ELECTRÓNICOS DESPUÉS DE LAS 21:00 HORAS O EN SU CASO SE DEBERÁN USAR AUDÍFONOS.
  6. El día anterior a su hospitalización, NO INGIERA BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
  7. NO SE PERMITIRÁ EL ACCESO A NINGUNA PERSONA QUE PORTE CUALQUIER TIPO DE ARMA. (EXPLOSIVOS, ARMAS DE FUEGO, ARMAS PUNZOCORTANTES, ETC.).

 

                                                 DE LAS DIETAS DE LOS PACIENTES HOSPITALIZADOS

  1. La dieta que se suministra a los pacientes hospitalizados será indicada por el médico tratante en conjunto con Nutrición Clínica, formando parte del tratamiento prescrito por lo que QUEDA PROHIBIDO QUE LOS FAMILIARES LES PROPORCIONEN CUALQUIER OTRO TIPO DE ALIMENTO, a menos que sea indicado por el médico tratante y con autorización por escrito.
  2. El horario de alimentos para los pacientes es:

Desayuno    8:00 horas

Comida      14:00 horas

Cena          18:00 horas

 

                                 DE LAS VISITAS A PACIENTES HOSPITALIZADOS Y HORARIOS DE VISITA

  1. El horario de visita para pacientes hospitalizados de LUNES A VIERNES SERÁ DE LAS DE LAS 09:00 A 11:00 Y DE 16:00 A LAS 18:00 HRS.; SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS SERÁ DE LAS 10:00 A 12:00 Y DE 16:00 A LAS 18:00 HORAS.
  2. Por restricción de espacio físico, únicamente se permitirá la presencia de UN VISITANTE EN EL CUARTO DEL PACIENTE.
  3. En el caso de menores hospitalizados y en aquellos en que por la gravedad de un paciente se requiera la permanencia de más de un familiar, la Trabajadora Social proporcionará a solicitud de los familiares y con autorización del médico tratante, un pase especial que permitirá su estancia.
  4. En el caso de pacientes con padecimientos infectocontagiosos o compromiso inmunológico (neutropenia), el paciente podría ser aislado y los visitantes deberán acudir al control de enfermería del piso para recibir instrucciones específicas.
  5. No se permitirá la entrada a los menores de 14 años como visitantes a las áreas de hospitalización.
  6. Por indicación médica pueden ser suspendidas las visitas para facilitar las labores del personal médico y paramédico para un paciente grave y solo se permitirá la entrada de familiares para recibir informes médicos, los cuales serán proporcionados exclusivamente por el personal médico.
  7. Si el familiar es portador de una enfermedad infecto contagiosa como gripe, COVID-19, varicela, tuberculosis, viruela símica, sarampión, entre otras, deberá abstenerse de visitar al paciente para prevenir su contagio.
  8. Queda estrictamente prohibido a los familiares de los pacientes hospitalizados permanecer en las instalaciones del Hospital después de terminada la hora de visita, a excepción del familiar autorizado por el médico tratante, para acompañar al paciente mediante pase especial.

 

                                           DE LOS INFORMES DEL ESTADO DE SALUD DE LOS PACIENTES

  1. En los casos en que un paciente se encuentre hospitalizado en la Unidad de Cuidados Intensivos, o se encuentre en Quirófano, sus familiares deberán permanecer en el área de espera designada donde se le proporcionará información del estado del paciente (estable, delicado, grave, muy grave). EL MÉDICO TRATANTE ES EL ÚNICO AUTORIZADO Y RESPONSABLE DE PROPORCIONAR INFORMES PORMENORIZADOS DEL ESTADO DE SALUD DE LOS PACIENTES al familiar y/o persona responsable señalada en la Carta de Consentimiento Informado.
  2. Si durante la estancia del paciente los familiares cambian de domicilio o número telefónico, deberán comunicarlo al Departamento de Trabajo Social.

 

                                              DEL USO DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS DEL HOSPITAL

  1. Las camas y regaderas del área de hospitalización son para uso exclusivo de los pacientes, por lo que queda estrictamente prohibido su uso a los familiares.
  2. Queda prohibido el lavar ropa y tenderla en los cuartos de los pacientes.
  3. Siguiendo lo dispuesto en la Ley General para el Control del Tabaco, QUEDA PROHIBIDO FUMAR DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL HOSPITAL. TAMBIÉN SE ENCUENTRA PROHIBIDO CONSUMIR BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y EL USO DE SUSTANCIAS ILEGALES AL INTERIOR DEL HOSPITAL.
  4. En beneficio de los pacientes hospitalizados se prohíbe hablar en voz alta, así como permanecer y conversar en los pasillos próximos al área de encamados.
  5. Cuando los familiares deseen introducir aparatos electrónicos (se permite introducir celular o tableta de uso personal), deberán solicitar autorización del médico tratante (siempre y cuando no interfiera con la atención y comodidad de otros pacientes) y se tramitará el permiso correspondiente con la Subdirección de Recursos Materiales, que elaborará un documento donde se especifiquen las características del aparato y se autorice su ingreso. Cuando el paciente sea dado de alta, los familiares deberán entregar el documento de autorización de aparatos eléctricos a la Subdirección de Recursos Materiales que dará aviso a Hospitalización para que puedan salir.
  6. Se suplica RESPETAR LAS SEÑALIZACIONES INTERNAS DEL HOSPITAL CON RESPECTO A LAS ÁREAS RESTRINGIDAS (pasillos que conducen a Quirófanos, Hospitalización, Quimioterapia, así como las áreas donde se utilizan radiaciones como son Radioterapia, Medicina Nuclear, Imagenología y Rayos X).
  7. Para evitar infecciones en los pacientes hospitalizados queda prohibido introducir plantas o flores naturales.
  8. PROHIBIDO TOMAR FOTOGRAFÍAS O VIDEO AL INTERIOR DEL HOSPITAL sin autorización de la dirección médica o administrativa, ya que se encuentra prohibido difundir imágenes, voz, nombre y datos personales o cualquier referencia que permita la identificación de los menores de edad (Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes).

 

                                                                      DE LAS ALTAS HOSPITALARIAS

  1. El paciente hospitalizado será dado de alta en el momento en el que el médico tratante lo determine y deberá egresar del hospital acompañado de un familiar, solicitando las INDICACIONES MÉDICAS, RECETA Y NOTA DE EGRESO o documentos de Referencia o envío en donde se debe especificar el motivo de alta (mejoría, curación, voluntaria).
  2. En los casos en que algún paciente solicite alta voluntaria, el mismo paciente o un familiar deberá firmar el documento de “ALTA VOLUNTARIAcomolo establece la Norma Oficial Mexicana del Expediente Clínico. (NOM-004-SSA3-2012)
  3. Cuando exista disposición legal para que un paciente no pueda ser dado de alta, ésta no será otorgada por el médico tratante hasta que lo autorice por escrito la autoridad competente.
  4. En aquellos casos en que por disposición legal la autoridad ordene el traslado del paciente a otro lugar distinto al hospital, el personal médico dará su visto bueno siempre y cuando el estado de salud del paciente lo permita, solicitándole a la autoridad la documentación oficial correspondiente.
  5. Los asuntos relacionados con disposiciones legales deberán ser informadas al Departamento de Trabajo Social, que a su vez informará a la Dirección Médica y al Departamento Jurídico del Instituto para su conocimiento y respuesta.
  6. Los casos no previstos en el presente Reglamento serán informados al Departamento de Trabajo Social el cual consultará con la Dirección Médica o Administrativa para su resolución. Así mismo para cualquier comentario o sugerencia tenemos instalados Buzones de Opiniones y Sugerencias frente a la Consulta Externa, Hospitalización, Laboratorio y Admisión Hospitalaria.
  7. En los casos de estancia hospitalaria prolongada (más de 3 días), se sugiere solicitar estado de cuenta parcial y realizar pagos adelantados.

 

                                                                DE LA OBLIGATORIEDAD DEL REGLAMENTO

El presente Reglamento DEBE SER CUMPLIDO POR TODOS LOS PACIENTES HOSPITALIZADOS, ASÍ COMO POR LOS FAMILIARES Y VISITANTES, existiendo la obligación por parte de las autoridades del Hospital de entregarlo a los pacientes en el momento de su hospitalización y de aclararles las dudas que sobre el mismo tengan, en el entendido de que su debido cumplimiento tiene la finalidad de normar todo lo relacionado con su estancia dentro de las instalaciones del Hospital para proteger la seguridad y el bienestar de todos los pacientes y demás personas que acuden al Instituto Estatal de Cancerología, “Dr Arturo Beltrán Ortega”.

DE NO CUMPLIR CON ESTE REGLAMENTO EL INSTITUTO PODRÁ NEGAR LA ENTRADA O PERMANENCIA DEL PACIENTE Y/O FAMILIARES Y DE SER NECESARIO SE SOLICITARÁ EL APOYO DE SEGURIDAD INTERNA Y/O PÚBLICA.

 

DIRECCIÓN MÉDICA.

  1.